RTA aclaró que “no hubo acuerdo” sino “un fallo” en el juicio de Caballero

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Al acceder al expediente que es de consulta pblica puede comprobarse que un juez inicial y tres luego admitieron la demanda iniciada por el seor Caballero Foto archivo
“Al acceder al expediente, que es de consulta pública, puede comprobarse que un juez inicial y tres luego, admitieron la demanda iniciada por el señor Caballero” / Foto: archivo.

Radio y Televisión Argentina (RTA) aclaró que en el juicio laboral iniciado en 2016 por el periodista Roberto Caballero tras su despido de Radio Nacional durante la gestión de Mauricio Macri “no existe, ni existió, ningún convenio, acuerdo o arreglo de naturaleza alguna” sino que se dictaron “sentencias judiciales de primera y segunda instancia” en las que la Justicia ordenó que se lo indemnice.

A través de un comunicado difundido en su sitio web, RTA subrayó que la obligación de indemnizar a Caballero de acuerdo a lo establecido por el Estatuto del Periodista Profesional (ley 12908) responde a dos “sentencias judiciales de primera y segunda instancia” en las que “un juez inicial y tres luego” admitieron la demanda iniciada por el periodista en el fuero laboral.

“Mediante el mero acceso al expediente, que es de consulta pública, puede consultarse que sí existen sentencias judiciales de primera y segunda instancia, es decir un juez inicial y tres luego admitieron la demanda iniciada por el señor Caballero”, puntualizó RTA.

Así, la empresa estatal desmintió el contenido de publicaciones periodísticas según las cuales en la causa por el despido producido el 4 de abril de 2016 se acordó con la actora (el periodista) “el reconocimiento y pago de una indemnización a su favor”.

“Conforme a las reglas del ejercicio de la abogacía, la Gerencia de Asuntos Legales de Radio Nacional articuló todas las defensas posibles, ofreciendo y produciendo prueba que, sin embargo, no fue acogida; excepto y en favor de esta empresa, en materia de cálculo de intereses sobre la indemnización asignada”, detalló asimismo la entidad.

Finalmente, la empresa informó que la nota de su área de Administración y Finanzas referida a la demanda y a la suma prevista para pagar la indemnización en el ejercicio presupuestario del año 2024 (que en los últimos diez días fue mencionada por varios medios) “en modo alguno puede ser leída o interpretada o construida -sino errónea o maliciosamente- como una oferta y menos aún como una propuesta de acuerdo”.

Por el contrario, replicó RTA, con la nota en cuestión suscrita por la subgerencia de Administración y Finanzas se “cumplió con la orden judicial en la causa referida, que intimó se realizara previsión presupuestaria para el ejercicio 2024, tal como prevé la legislación en materia de ejecución de sentencias contra el Estado”.

Hace diez días, a partir de la difusión de esa nota que mencionaba la “suma total previsionada” para pagar la indemnización, incluyendo capital, intereses, tasa de justicia y honorarios de las partes que intervinieron en el juicio, varios medios de comunicación -entre ellos los diarios Clarín y La Nación- se refirieron a la demanda por el despido de Caballero en los primeros meses de la gestión de Cambiemos.

El juicio tramita ante el Juzgado Nacional del Trabajo Nº 43, a cargo del juez Gerardo Magno, quien condenó a RTA a indemnizar al periodista aunque luego de las apelaciones de la demandada y de un perito contador la causa llegó a la instancia revisora, donde intervino la sala VIII de la Cámara del Trabajo.

Sus integrantes, Víctor Pesino y Luis Catardo, confirmaron el fallo de 1ª instancia instancia al considerar, entre otros fundamentos, que en los primeros meses de la gestión de Cambiemos el vínculo contractual entre Caballero y RTA “no se extinguió por voluntad concurrente de las partes”.

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